En el estado de Minnesota, la ley establece que el cliente vive en el estado, y debe ser aprobado por un tribunal local en el estado. Homologación concedida únicamente si la operación es en el mejor interés de los clientes. Además, el cliente debe buscar asesoramiento financiero independiente para proteger sus intereses. También existe un período de espera de 10 días para proteger al cliente.
Minnesota estructurados Estatutos Protección asentamientos
S 549.30. Definiciones.
Subdivisión 1. Aplicación. Para efectos de los artículos 549,30-549,34, los términos definidos en esta sección tienen el significado que les dieron.
Subd. 2. Emisor anualidad. "Emisor anualidad" significa un asegurador que ha emitido un contrato de anualidad que se utilizará para financiar pagos periódicos bajo un liquidación estructurada.
Subd. 3. Ley aplicable. "Ley Aplicable" significa:
(1) las leyes de los Estados Unidos;
(2) las leyes de este estado, incluidos los principios de igualdad aplicadas por los tribunales de este estado, y
(3) las leyes de cualquier otra jurisdicción:
(I) que es el domicilio del beneficiario o cualquier otra parte interesada;
(Ii) bajo cuyas leyes un acuerdo de liquidación estructurada fue aprobado por una autoridad judicial o administrativa competente, o
(Iii) en cuyos tribunales una demanda reiterada estaba pendiente cuando las partes firmaron un acuerdo de liquidación estructurada.
Subd. 4. Dependientes. "Dependientes" significa el cónyuge del beneficiario y los hijos menores y todos los demás miembros de la familia y otras personas para las que el beneficiario tiene la obligación legal de proporcionar apoyo, incluyendo la pensión alimenticia.
Subd. 5. Valor presente descontado. "Descuento del valor actual" significa, con respecto a una propuesta de transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada, el valor razonable actual de los pagos futuros, como se determina mediante el descuento de los pagos al presente usando la tasa federal recientemente publicada aplicable para la determinación del valor presente de una anualidad, emitidas por los Estados Unidos Servicio de Impuestos Internos.
Subd. 6. Asesoramiento profesional independiente. "Asesoramiento profesional independiente" significa consejo de un abogado, contador público, actuario, u otro asesor profesional:
(1) que es contratado por un beneficiario para prestar asesoramiento sobre las consecuencias legales, fiscales y financieros de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada;
(2) que no es de ninguna manera afiliado con o compensado por el cesionario de la transferencia, y
(3) cuya compensación por proporcionar el asesoramiento no se ve afectado por una transferencia si se produce o no se produce.
Subd. 7. Las partes interesadas. "Partes interesadas" son el beneficiario, el beneficiario designado en el contrato de anualidad para recibir los pagos posteriores a la muerte del beneficiario o si el beneficiario designado es un padre menor de edad del beneficiario designado o tutor, el emisor anualidad, el deudor liquidación estructurada, así como cualquier otro partido que ha continuando derechos u obligaciones en virtud del liquidación estructurada.
Subd. 8. Beneficiario. "Beneficiario" significa una persona que está recibiendo pagos por daños libres de impuestos en virtud de un liquidación estructurada y se propone hacer una transferencia de derechos de pago bajo el liquidación estructurada.
Subd. 9. Contrato de cesión Calificado. "Contrato de cesión Calificado" significa un acuerdo que prevé una asignación cualificado según lo dispuesto por el Código de los Estados Unidos de Impuestos Internos, título 26, sección 130, en su forma enmendada hasta el 31 de diciembre de 1998.
Subd. 10. Autoridad administrativa responsable. "Autoridad administrativa responsable" significa una autoridad del gobierno investido por la ley con jurisdicción exclusiva sobre el litigio se resuelva resuelto por la liquidación estructurada.
subd. 11. Cerrada reclamación. "Litigio se resuelva", la reclamación por agravio original o reclamación de indemnización de los trabajadores resuelto por un liquidación estructurada.
Subd. 12. Liquidación estructurada. "Liquidación estructurada": un acuerdo para el pago periódico de los daños por lesiones personales, creado por el acuerdo o sentencia en la resolución de una reclamación por agravio o de pagos periódicos en resuelva el reclamo de compensación para trabajadores.
Subd. 13. Acuerdo de liquidación estructurada. "Acuerdo de liquidación estructurada" significa el acuerdo, el juicio, estipulación, o la liberación que contiene los términos de un liquidación estructurada, incluidos los derechos del beneficiario a recibir los pagos periódicos.
Subd. 14. Deudor liquidación estructurada. "Deudor liquidación estructurada" significa la parte que tiene la continua obligación de pago periódico al beneficiario en virtud de un acuerdo de liquidación estructurada o de un contrato de cesión calificado.
Subd. 15. Derechos de pago de liquidación estructurada. "Los derechos de pago de liquidación estructurada" significa derechos a recibir pagos periódicos, incluidos los pagos a tanto alzado, en virtud de un liquidación estructurada, ya sea por el deudor liquidación o el emisor anualidad, donde:
(1) el beneficiario o cualquier otra persona interesada esté domiciliado en el Estado;
(2) el acuerdo de liquidación estructurada fue aprobado por una autoridad judicial o administrativa competente del Estado, o
(3) el litigio se resuelva estaba pendiente ante los tribunales de este estado cuando las partes firmaron el acuerdo de liquidación estructurada.
Subd. 16. Los términos de la liquidación estructurada. "Los términos del liquidación estructurada" significa los términos del acuerdo de liquidación estructurada, el contrato de renta vitalicia, un contrato de cesión cualificado, y una orden o la aprobación de un tribunal, autoridad administrativa responsable, u otra autoridad gubernamental autorizar o aprobar el liquidación estructurada.
Subd. 17. Traslado. "Transferencia" significa una venta, cesión, prenda, hipoteca u otra forma de enajenación o gravamen hecha por un beneficiario para su consideración.
Subd. 18. Transferencia acuerdo. "Contrato de Transferencia" significa el acuerdo que prevé la transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada de un beneficiario a un cesionario.
Subd. 19. Cesionario. "Cesionario" significa una persona que está recibiendo o recibirán derechos de pago de liquidación estructurada resultante de una transferencia.
§ 549.31. Condiciones a las cesiones de derechos de pago de liquidación estructurada y acuerdos de liquidación estructurada.
Subdivisión 1. En general. No hay transferencia directa o indirecta de los derechos de pago de liquidación estructurada es eficaz y no deudor liquidación estructurada o anualidad emisor está obligado a hacer un pago directo o indirecto a un cesionario de los derechos de pago de liquidación estructurada a menos que la transferencia ha sido autorizada previamente en una orden final de un tribunal de jurisdicción competente o autoridad administrativa responsable, sobre la base de la corte o de la autoridad administrativa responsable ha escrito los resultados expresan que:
(A) la transferencia cumple con los requisitos de las secciones 549,31-549,34 y no contravengan otras leyes aplicables;
(B) no menos de diez días antes de la fecha en que el beneficiario incurre primera obligación con respecto a la transferencia, el cesionario ha proporcionado al beneficiario una declaración de divulgación en negrita, no inferior a 14 puntos, indicando:
(1) los montos y fechas de vencimiento de los pagos de liquidación estructurada para ser transferidos;
(2) la cantidad total de los pagos;
(3) el valor actual descontado de los pagos, junto con la tasa de descuento utilizada para determinar el valor presente descontado;
(4) el importe bruto a pagar al beneficiario a cambio de los pagos;
(5) una lista detallada de todas las comisiones de los corredores, cargos por servicios, cuotas de solicitud, los honorarios de procesamiento, costos de cierre, honorarios de presentación, las tasas de referencia, gastos administrativos, gastos legales, gastos notariales, y otras comisiones, honorarios, costos, gastos, y gastos a cargo del beneficiario o deducibles del importe bruto pagaderos al beneficiario;
(6) la cantidad neta a pagar al beneficiario una vez deducidas todas las comisiones, honorarios, costos, gastos, y los cargos descritos en el párrafo (5);
(7) el cociente, expresado en porcentaje, que se obtiene dividiendo el importe del pago neto por el valor actual descontado de los pagos, y
(8) el importe de la sanción y el monto total de los daños y perjuicios, incluidas las sanciones, a pagar por el beneficiario en caso de incumplimiento del acuerdo de cesión por el beneficiario;
(C) el beneficiario ha establecido que la transferencia es en el mejor interés del beneficiario y los dependientes del beneficiario;
(D) el beneficiario ha recibido asesoramiento profesional independiente sobre las consecuencias legales, fiscales y financieros de la transferencia;
(E) el cesionario haya notificado por escrito el nombre del cesionario, dirección y número de identificación fiscal de la entidad emisora de anualidad y el deudor liquidación estructurada y se ha presentado una copia de la notificación a la autoridad judicial o administrativa competente, y
(F) que el contrato de transferencia se dispone que las controversias entre las partes se regirán, interpretado, interpretada y exigible de conformidad con las leyes de este Estado y que el Estado del domicilio del beneficiario es el lugar adecuado del lugar de traer cualquier causa de acción que surja de un incumplimiento del contrato. El acuerdo de transferencia también debe establecer que las partes acuerdan la jurisdicción de cualquier tribunal de jurisdicción competente ubicada en este estado.
Si la transferencia contravendría los términos de la liquidación estructurada, mediante la presentación de una objeción por escrito por una parte interesada y después de considerar la objeción y cualquier respuesta a ello, la autoridad judicial o administrativa competente podrá conceder, negar o imponer condiciones sobre la transferencia propuesto que el tribunal o el órgano administrativo responsable considere justa y apropiada bajo los hechos y circunstancias, de conformidad con los principios establecidos del derecho. Cualquier orden que aprueba la transferencia debe requerir que el cesionario indemnizar al emisor anualidad y el deudor liquidación estructurada de cualquier responsabilidad incluyendo los gastos razonables y honorarios de abogados resultantes del cumplimiento por parte del emisor o deudor de la orden del tribunal o autoridad administrativa responsable.
Subd. 2. Confesiones no aplicables de juicio. Una disposición de un acuerdo de transferencia de dar un poder cesionario a confesar sentencia contra un beneficiario es inaplicable en la medida de la cantidad de la sentencia excedería el monto pagado por el adquirente al beneficiario, con deducción de los pagos recibidos del deudor liquidación estructurada o del beneficiario .
Subd. 3. Divulgación inicial de los términos de liquidación estructurada. En la negociación de una liquidación estructurada de las demandas presentadas por o en nombre de un demandante domiciliado en este estado, el deudor liquidación estructurada deberá informar por escrito al solicitante o representante legal del demandante toda la siguiente información que no se especifica lo contrario en el acuerdo de liquidación estructurada:
(1) los montos y fechas de vencimiento de los pagos periódicos que se realizan en el marco del acuerdo de liquidación estructurada. En el caso de los pagos que estarán sujetos a los aumentos porcentuales periódicas, los importes de los pagos futuros pueden ser revelados mediante la identificación de la cantidad base de pago, la cantidad y el momento de los aumentos previstos, y la manera en la que se suman los aumentos;
(2) el importe de la prima al emisor de anualidad;
(3) el valor actual descontado de los pagos periódicos que no son vitalicia, junto con la tasa de descuento utilizada para determinar el valor presente descontado;
(4) la naturaleza e importe de cualquier costo que puede ser deducido de cualquiera de los pagos periódicos;
(5) en su caso, que toda transferencia de los pagos periódicos está prohibido por los términos de la liquidación estructurada y otra manera puede estar prohibido o restringido por la ley aplicable, y
(6) que cualquier transferencia de los pagos periódicos por el demandante podrá someter al demandante a consecuencias tributarias adversas graves.
§ 549.32. Jurisdicción; procedimiento para la aprobación de las transferencias.
Subdivisión 1. Jurisdicción. El tribunal de distrito tiene jurisdicción exclusiva sobre una solicitud de autorización en virtud del artículo 549.31 de la cesión de derechos de pago de liquidación estructurada.
Subd. 2. Aviso. No menos de 20 días antes de la audiencia programada sobre una solicitud de autorización de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada bajo la sección 549.31, el cesionario deberán presentar ante el tribunal o autoridad administrativa responsable y servir en: cualquier otra autoridad gubernamental que previamente aprobó la estructura asentamiento, y todas las partes interesadas, un aviso de la transferencia propuesta y la solicitud para su autorización. La notificación debe incluir:
(1) una copia de la solicitud del adquirente a la autoridad judicial o administrativa competente;
(2) una copia del acuerdo de transferencia;
(3) una copia de la declaración de divulgación requerida bajo la sección 549.31, subdivisión 1, párrafo (b);
(4) notificación de que una parte interesada tiene derecho a apoyar, oponerse, o de otra manera responder a la solicitud del adquirente, ya sea en persona o por un abogado, mediante la presentación de observaciones por escrito a la autoridad judicial o administrativa competente o por la participación en la audiencia, y
(5) la notificación de la hora y lugar de la audiencia y la notificación de la manera en la cual y el plazo en el que las respuestas por escrito a la solicitud debe ser presentada, con el fin de ser considerado por el tribunal o el órgano administrativo responsable. Respuestas por escrito a la solicitud deberá presentarse dentro de los 15 días a partir del requerimiento del cesionario.
549.33. Ninguna renuncia, sin sanciones.
Subdivisión 1. Ninguna renuncia. No será preciso aplicar las disposiciones de los artículos 549,30-549,34.
Subdivisión. 2. No hay pena. No beneficiario que se proponga realizar una transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada incurrirá en una sanción, perderá una tasa de solicitud u otro pago, o de lo contrario incurrirá en responsabilidad alguna al cesionario propuesto basado en el fracaso de la transferencia para satisfacer las condiciones de la sección 549.31.
1999 c 212 s 5.
§ 549.34. Construcción.
Nada de lo contenido en las secciones 549,30-549,34 puede ser interpretado para autorizar la transferencia de los derechos laborales de pago de compensación en contravención de la legislación aplicable o para hacer efectiva la transferencia de los derechos de trabajadores de compensación de pagos que no es válido según la ley aplicable.
1999 c 212 s 6.