En el estado de Illinois, la ley establece que el cliente vive en el estado, y debe ser aprobado por un tribunal local en el estado. Homologación concedida únicamente si la operación es en el mejor interés de los clientes. También existe un período de espera de 3 días para proteger al cliente.
El Estatuto de Protección liquidación estructurada Illinois
215 ILCS 153, 153/1 y siguientes
Proyecto de la Cámara 1410
Título: "Un Acta relativa a la estructura de asentamientos."
Título abreviado: Ley de Protección de liquidación estructurada.
Sec. 15. La aprobación de las transferencias de derechos de pago de liquidación estructurada.
No hay transferencia directa o indirecta de los derechos de pago de liquidación estructurada será efectivo y no deudor liquidación estructurada o anualidad emisor estará obligado a realizar pago alguno, directa o indirectamente, a cualquier cesionario de los derechos de pago de liquidación estructurada a menos que la transferencia ha sido aprobada previamente en una final orden judicial u orden de la autoridad administrativa responsable basada en los resultados expresos por dicho tribunal o autoridad administrativa responsable que:
1) La transferencia es en el mejor interés del beneficiario, teniendo en cuenta el bienestar y el apoyo de familiares a cargo del beneficiario;
2) El beneficiario ha sido avisada por escrito por el adquirente a solicitar asesoramiento profesional independiente respecto de la transferencia y, o bien ha recibido este tipo de asesoramiento o el asesoramiento renunciado conscientemente por escrito, y
3) La transferencia no infrinja ninguna ley aplicable o la orden de un tribunal u otra autoridad gubernamental.
Sec. 20. Efectos de la cesión de derechos de pago de liquidación estructurada.
A raíz de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada bajo esta Ley:
(1) El deudor liquidación estructurada y el emisor anualidad serán, a todos los partidos, salvo que el cesionario, ser dados de alta y se liberan de cualquier y toda responsabilidad por los pagos transferidos;
(2) El cesionario deberá ser responsable ante el deudor liquidación estructurada y el emisor anualidad:
(A) Si la transferencia contraviene los términos del liquidación estructurada, de los impuestos incurridos por las partes como consecuencia de la transmisión, y
(B) Para cualquier otra responsabilidad o costos, incluyendo los costos razonables y honorarios de abogados, que se deriven del cumplimiento por las partes de la orden del tribunal o autoridad administrativa responsable o que surjan como consecuencia del incumplimiento por parte del cesionario para cumplir la presente Ley;
(3) Ni el emisor ni el deudor anualidad liquidación estructurada puede ser necesario dividir los pagos periódicos entre el beneficiario y cualquier adquirente o cesionario, o entre 2 o más cesionarios o causahabientes, y
(4) Cualquier otra transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada por el beneficiario sólo podrá realizarse una vez cumplidos todos los requisitos de la presente ley.
Sec. 25. Procedimiento para la aprobación de las transferencias.
(B) No emisor o deudor anualidad liquidación estructurada puede hacer los pagos de una liquidación estructurada a cualquier persona que no sea el beneficiario o beneficiaria del beneficiario sin la aprobación previa del tribunal de circuito o autoridad administrativa responsable. No tomador o beneficiario de un beneficiario de una liquidación estructurada puede ceder en cualquier forma los derechos de pago de liquidación estructurada sin la aprobación previa de la corte de circuito o autoridad administrativa responsable.
(C) Las solicitudes previstas en esta Ley para la aprobación de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada se hará por el adquirente y deberá ser presentada en la corte de circuito del condado en el que una acción fue o pudo haber sido mantenido o ante cualquier administración responsable autoridad que aprobó el acuerdo de liquidación estructurada.
Sec. 30. Disposiciones generales; construcción.
(A) Las disposiciones de esta Ley no se puede renunciar por cualquier beneficiario.
(B) Cualquier acuerdo de transferencia de entrar en vigor a partir de la vigencia de la presente Ley por un beneficiario que reside en este Estado deberá establecer que los litigios en el marco del acuerdo de transferencia, incluyendo cualquier afirmación de que el beneficiario ha incumplido el acuerdo, se determinará y bajo las leyes de este Estado. No existe el acuerdo de transferencia autorizará el cesionario o cualquier otra parte que confesar juicio o consentimiento para la publicación del fallo en contra del beneficiario.
(C) no transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada se extenderá a todos los pagos que son vitalicia a menos que, con anterioridad a la fecha en que el beneficiario firma el acuerdo de cesión, el cesionario ha establecido y se ha comprometido a mantener procedimientos razonablemente satisfactorias para la anualidad emisor y el deudor liquidación estructurada para (1) confirmando periódicamente la supervivencia del beneficiario, y (2) permitir al emisor anualidad y la solución deudor una notificación por escrito del sistema estructurado en el caso de fallecimiento del beneficiario.
(D) Ningún beneficiario que se proponga realizar una transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada incurrirá en ninguna penalización, perderá la cuota de solicitud o de otro tipo de pago, o de lo contrario incurrirá en responsabilidad alguna al cesionario propuesto o cualquier cesionario basado en el incumplimiento de la transferencia para satisfacer las condiciones de la presente ley.
(E) Nada de lo contenido en esta Ley se interpretará para autorizar una transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada en violación de cualquier ley o dar a entender que cualquier transferencia en virtud de un acuerdo de transferencia celebrado con anterioridad a la fecha de vigencia de esta ley es válida o no válida.
(F) El cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 10 de esta Ley y el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Artículo 15 de esta Ley será de exclusiva responsabilidad del cesionario en cualquier transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada, y ni la liquidación estructurada deudor ni el emisor anualidad deberán asumir la responsabilidad de, o cualquier responsabilidad derivada de, el incumplimiento de los requisitos o la falta de cumplimiento de esas condiciones.
Sec. 35. Aplicabilidad.
Esta Ley se aplicará a cualquier transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada bajo un acuerdo de transferencia de entrar en vigor a partir del día 30 después de la fecha de vigencia de esta Ley, siempre que, sin embargo, que nada de lo contenido en este documento se interpretará como que adopte una transferencia en virtud de un acuerdo de transferencia de antes de esa fecha es eficaz o ineficaz.
Sec. 5. Definiciones.
A los efectos de esta Ley:
"Emisor anualidad" significa un asegurador que ha emitido un contrato para financiar los pagos periódicos en virtud de un liquidación estructurada.
"Dependientes" incluye el cónyuge del beneficiario y los hijos menores y el resto de personas para las que el beneficiario tiene la obligación legal de proporcionar apoyo, incluido el mantenimiento.
"Valor actual": el valor presente de los pagos futuros determina mediante el descuento de los pagos en el presente usando la tasa federal aplicable recientemente publicada para determinar el valor presente de una anualidad, emitidas por los Estados Unidos Servicio de Impuestos Internos.
"Importe del anticipo bruto" significa la cantidad adeudada al beneficiario o por cuenta del beneficiario como contraprestación por la cesión de derechos de pago de liquidación estructurada antes de cualquier reducción por gastos de transferencia u otras deducciones que se harán de tal consideración.
"Asesoramiento profesional independiente" significa consejo de un abogado, contador público, actuario, u otro asesor profesional autorizado.
"Partes interesadas" significa, con respecto a cualquier liquidación estructurada, el beneficiario, cualquier beneficiario irrevocable designado de conformidad con el contrato de anualidad para recibir los pagos después de la muerte del beneficiario, el emisor anualidad, el deudor liquidación estructurada, así como cualquier otro partido que ha continuando derechos o obligaciones en virtud de dicho liquidación estructurada.
"Cantidad adelantado Net" significa la cantidad antes bruta menos el monto total de los gastos de transferencia reales y estimados necesarios para darse a conocer en el punto (5) del Artículo 10 de esta ley.
"Beneficiario" significa una persona que está recibiendo los pagos libres de impuestos en virtud de una liquidación estructurada y se propone hacer una transferencia de derechos de pago allí debajo.
"Pagos periódicos" incluye tanto los pagos recurrentes y futuros pagos únicos programados.
"Contrato de cesión Calificado" significa un acuerdo que prevé una asignación cualificado en el sentido del artículo 130 del Código de Rentas Internas Federal, Código de Estados Unidos Título 26, en su versión modificada de vez en cuando.
"Responsables autoridad administrativa" significa, con respecto a una liquidación estructurada, cualquier autoridad gubernamental investidos por la ley con jurisdicción exclusiva sobre el litigio se resuelva resuelto por dicha liquidación estructurada.
"Litigio se resuelva", la reclamación por agravio original o reclamación de indemnización de los trabajadores resuelto por un liquidación estructurada.
"Liquidación estructurada": un acuerdo para el pago periódico de los daños por lesiones personales o enfermedades establecidas por acuerdo o sentencia en la resolución de una reclamación por agravio o de pagos periódicos en resuelva el reclamo de compensación para trabajadores.
"Acuerdo de liquidación estructurada" significa el acuerdo, el juicio, estipulación, o la liberación que contiene los términos de un liquidación estructurada.
"Deudor liquidación estructurada" significa, con respecto a cualquier liquidación estructurada, la parte que tiene la obligación permanente de hacer pagos periódicos al beneficiario en virtud de un acuerdo de liquidación estructurada o de un contrato de cesión calificado.
"Los derechos de pago de liquidación estructurada" significa derechos a recibir pagos periódicos bajo un liquidación estructurada, tanto del deudor liquidación estructurada o el emisor anualidad, cuando:
(1) El beneficiario tiene su domicilio en, o el lugar o domicilio principal de negocios del deudor liquidación estructurada o el emisor anualidad está ubicado en, este Estado;
(2) El acuerdo de liquidación estructurada fue aprobado por un tribunal o autoridad administrativa responsable en este Estado, o
(3) El acuerdo de liquidación estructurada se rige expresamente por las leyes de este Estado.
"Los términos del liquidación estructurada" incluyen, con respecto a cualquier liquidación estructurada, los términos del acuerdo de liquidación estructurada, el contrato de anualidad, cualquier contrato de cesión cualificado, y cualquier orden u otra aprobación de cualquier tribunal o autoridad administrativa responsable u otra autoridad gubernamental que autorizó o aprobó dicha liquidación estructurada.
"Transferencia" se entiende cualquier venta, cesión, prenda, hipoteca u otra enajenación o gravamen de los derechos de pago de liquidación estructurada hechas por un beneficiario a título oneroso, con tal de que el término "transferencia" no incluye la creación o perfeccionamiento de una garantía estructurada derechos de pago de liquidación en virtud de un acuerdo de seguridad manta celebrado con una institución depositaria asegurada en ausencia de cualquier acción para reorientar los pagos de liquidación estructurada a dicha institución depositaria asegurada o un agente o sucesor en interés de la misma o de otra manera de hacer cumplir dicha garantía general contra la derechos de pago de liquidación estructurada.
"Contrato de Transferencia" significa el acuerdo que prevé una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada.
"Los gastos de transferencia" se refiere a todos los gastos de una transferencia que se requieren en el marco del acuerdo de transferencia a cargo del beneficiario o se deducirá de la cantidad bruta de antemano, incluyendo, sin limitación, honorarios de presentación de la corte, honorarios de abogados, honorarios del fideicomiso, los honorarios de inscripción de gravamen, juicio y gravamen tasas de búsqueda, comisiones de intermediarios, comisiones y otros pagos a un corredor u otro intermediario, "gastos de transferencia" no incluyen preexistentes obligaciones del beneficiario a pagar por cuenta del beneficiario del producto de una transferencia.
"Cesionario" significa una parte que adquiere o desea adquirir los derechos de pago de liquidación estructurada a través de una transferencia.
Sec. 10. Revelaciones requeridas al beneficiario.
No menos de 3 días anteriores a la fecha en que firma un beneficiario de un contrato de cesión, el cesionario deberá ofrecer al beneficiario una declaración indicando de forma independiente, en negrita no menor de 14 puntos, que establece todo lo siguiente:
(1) Las cantidades y las fechas de vencimiento de los pagos de liquidación estructurada para ser transferidos;
(2) El importe total de los pagos;
(3) El valor descontado presente de los pagos que deben transferirse, que se identificó como el "cálculo del valor actual de los pagos de liquidación estructurada transferidos en virtud de las normas federales para la valoración de rentas", y el importe de la tasa federal aplicable utilizado para calcular el valor presente descontado;
(4) El importe bruto anticipado;
(5) Una lista detallada de todos los gastos de transferencia aplicables, excepto los honorarios del abogado y los gastos relacionados a pagar en relación con la solicitud del adquirente a la aprobación de la transferencia y la mejor estimación del cesionario de la cuantía de dichos honorarios y gastos;
(6) El importe neto anticipado;
(7) El importe de las multas o daños y perjuicios a cargo del beneficiario en caso de incumplimiento del acuerdo de cesión por el beneficiario, y
(8) Una declaración de que el beneficiario tiene derecho a cancelar el contrato de transferencia, sin penalización ni obligación alguna, a más tardar el tercer día hábil posterior a la fecha de la firma del acuerdo por el beneficiario
Sec. 531.03. Cobertura y limitaciones.
(1) El presente artículo se proporcionará la cobertura de las pólizas y contratos especificados en el párrafo (2) de esta Sección:
(A) Para las personas que, independientemente de su lugar de residencia (a excepción de los titulares de certificados de no residentes en las pólizas o contratos de grupo), son los beneficiarios, cesionarios o los beneficiarios de las personas comprendidas en el inciso (1) (b), y
(B) Para las personas que son propietarios o poseedores de certificado en tales pólizas o contratos, o bien, en el caso de contratos de renta vitalicia no asignados, a las personas que sean titulares del contrato, y que
(I) sean residentes de este Estado, o
(Ii) no son residentes, pero sólo bajo todas las condiciones siguientes:
(A) Las aseguradoras que hayan emitido dichas pólizas o contratos tienen su domicilio en este Estado;
(B) Las aseguradoras nunca realizaron una licencia o certificado de autoridad de los estados en los que estas personas residen;
(C) Los estados cuentan con asociaciones similares a la asociación creada por esta Ley, y
(D) Las personas que no son elegibles para la cobertura de este tipo de asociaciones.
(2) Cobertura
(A) El presente artículo se proporcionará cobertura a las personas especificadas en el párrafo (l) de esta Sección directa, (i) las políticas de no vida del grupo, salud, rentas vitalicias y complementarias, o contratos, (ii) los certificados de pólizas directas de los grupos o contratos, (iii) para los contratos de renta vitalicia no asignados y (iv) los contratos para prestar servicios de atención médica y de los certificados de suscripción a servicios de atención médica o de salud emitidos por personas con licencia para realizar negocios de seguros en este Estado en virtud del Código de Seguros de Illinois. Contratos de renta y certificados en virtud de contratos de anualidad grupal incluyen pero no se limitan a los contratos de inversión garantizados, contratos de administración de depósito, acuerdos de financiación asignados, acuerdos de financiación asignados, acuerdos de liquidación estructurada, contratos de lotería y los contratos de renta vitalicia inmediata o diferida.
(B) El presente artículo no se proporcionará cobertura para:
(I) La parte o parte de tales pólizas o contratos en que el riesgo es asumido por el tomador del seguro, siempre y sin embargo, que no hay nada en este apartado (i) del presente artículo hará inaplicable a la vida, de accidentes, evaluación de pólizas o contratos de seguros de salud; o
(Ii) Cualquier póliza o contrato o parte del mismo asumidas por el asegurador con menoscabo de capital o insolvente con un contrato de reaseguro, que no sea de reaseguros que se hayan expedido certificados de asunción, o
(Iii) Cualquier porción de una póliza o contrato en la medida de tal porción representa un valor acumulado que la tasa de interés en que se devengan
(A) de media durante el período de los cuatro años anteriores a la fecha en que la Asociación queda obligado con respecto a dicha póliza o contrato, supera una tasa de interés determinada al restar dos puntos porcentuales a partir de Moody Corporate Bond Yield media promedio para el mismo cuatro del trienio anterior o de un período menor si la póliza o contrato fue emitido menos de cuatro años antes de que la Asociación se convirtió en obligado, y
(B) A partir de la fecha en que la Asociación se hace obligado para tal póliza o contrato, superior a la tasa de interés determinada restando tres puntos porcentuales de Moody Corporate Bond Rendimiento Promedio en último disponible, o
(Iv) El contrato de renta vitalicia no asignado emitió a un plan de beneficios para empleados protegidos por la Pension Benefit Guaranty Corporation federal, o
(V) Cualquier porción de cualquier contrato de renta vitalicia no asignado que no se entrega a, o en relación con un determinado trabajador, sindicato o asociación de plan de beneficios de las personas naturales o una lotería del gobierno, o
(Vi) Cualquier sociedad funeraria organizadas bajo el Artículo XIX de la presente ley, una sociedad fraternal benéfica organizada bajo el artículo XVII de la presente ley, toda asociación beneficio mutuo basado en el artículo XVIII de la presente Ley, y cualquier sociedad de beneficios fraternales extranjera autorizada en virtud del artículo VI del presente Ley, o
(Vii) Toda organización de mantenimiento de salud establecido en virtud de la Ley de Organización de Mantenimiento de Salud incluyendo cualquier organización de mantenimiento de negocio de la salud de un asegurador miembro, o
(Viii) Cualquier empresa de servicios del plan de salud establecido en virtud de los servicios de salud voluntarias Planes de Ley, o
(Ix) (en blanco), o
(X) Cualquier corporación plan de servicio dental establecido en virtud de la Ley del Plan de Servicio Dental, o
(Xi) Cualquier seguro de stop-loss, tal como se define en el párrafo (b) de la categoría 1 o el párrafo (a) de la clase 2 de la sección 4, y definió con más detalle en el apartado (d) de la Sección 352, o
(Xii) La parte o de parte de un seguro de vida variable o contrato de anualidad variable no garantizado por una compañía de seguros.
(3) Los beneficios para los que la Asociación puede llegar a ser responsable en ningún caso excederá el menor de:
(A) Las obligaciones contractuales para que el asegurador es responsable o hubiera sido responsable si no fuera un asegurador con menoscabo de capital o insolvente, o
(B) (i) Con respecto a cualquier vida, independientemente del número de pólizas o contratos:
(A) $ 300.000 en beneficios por muerte del seguro de vida, pero no más de $ 100.000 en el rescate en efectivo neto y el valor de retiro de efectivo neto para el seguro de vida;
(B) $ 300,000 en beneficios de seguro médico, incluyendo cualquier rescate en efectivo neto y el valor de retiro de efectivo neto;
(C) $ 100.000 en el valor presente de los beneficios de pensión, incluyendo la entrega de efectivo neto y los valores de retiro de efectivo neto;
(Ii) Con respecto a cada persona que participe en un plan de retiro gubernamental establecida en virtud del artículo 401, 403 (b) o 457 del Código de Rentas Internas de EE.UU. cubiertos por un contrato de anualidad no asignado o los beneficiarios de cada uno de estos individuos si han fallecido, en el agregado, $ 100,000 en la actualidad los beneficios de pensión de valor, incluyendo la entrega de efectivo neto y los valores de retiro de efectivo netos, siempre que, no obstante, que, en ningún caso, la Asociación será responsable de gastar más de $ 300.000 en el total respecto de cualquier persona en el inciso (1 ) y este párrafo;
(Iii) Con respecto a cualquier titular del contrato cubierto por un contrato de anualidad no asignados no incluidos en el apartado (3) (b) (ii) de esta Sección anterior, $ 5,000,000 en beneficios, con independencia del número de este tipo de contratos en poder de ese contrato titular.